Dada la reciente publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal 2018, se estableció como oficial el aumento de la tasa de recargos a partir de 2018.
Hasta antes de la publicación citada, la tasa de recargos era del 1.13%, para los pagos provisionales realizados en fechas posteriores a su vencimiento
La nueva tasa de recargos asciende al 1.47% de acuerdo a la RMF 2018:
Tasa mensual de recargos
2.1.23. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 21 del CFF y con base en la tasa de recargos mensual establecida en el artículo 8, fracción I de la LIF, la tasa mensual de recargos por mora aplicable en el ejercicio fiscal de 2018 es de 1.47%……………………………CFF 21, LIF 8.
En relación a esto, es importante realizar nuestros pagos en tiempo y forma ya que de lo contrario, deberemos agregar este porcentaje por cada mes de retraso.
La proporción en la que esto afecte a cada contribuyente dependerá del monto inicial de sus cuotas, por lo cual es importante analizar a fondo antes de elegir postergar el pago, que desde luego implica también la probable generación de requerimientos y multas que en conjunto representan un mayor impacto en las finanzas e historial y cumplimiento de la persona moral o física según sea el caso.