Desde hace unos meses, gran parte del empresariado mexicano se ha encontrado con la noticia de tener que tramitar el certificado REPSE.
¿Qué es el REPSE?
El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas es una plataforma creada por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social para establecer un padrón de las empresas que de acuerdo con su actividad ponen sus trabajadores a disposición de otras empresas.
Gracias a la reforma de subcontratación (Art. 13,15 LFT), las empresas cuyo personal preste servicios en las instalaciones de sus clientes deberán contar con ciertos estándares de cumplimiento y verificación que serán enterados a través de esta plataforma con la finalidad de dar a la figura de la subcontratación la formalidad y legalidad que debe tener. A muchos puede haberles parecido excesivo, sin embargo, el verdadero beneficio es para aquellos trabajadores que no contaban con seguridad social o que se les tenía dados de alta ante el IMSS con salarios menores a los que realmente percibían.
Recordemos que una de las primeras acciones de esta reforma fue la contratación directa de los empleados contratados a través de las empresas de outsourcing; así pues por ejemplo, quienes desarrollaban funciones operativas en una empresa de ensamble y maquila y pertenecían a un grupo de outsourcing, que recibía el pago por los servicios de dichos trabajadores, ahora tendrán que ser contratados por la empresa en la que verdaderamente realizan su trabajo, con los mismos beneficios y prestaciones que reciben los empleados que ya forman parte de ella. Sin embargo, aquellos que podemos llamar proveedores, ya sea servicios de mantenimiento, limpieza, vigilancia, construcción y otros giros que, aunque realizan trabajos en las instalaciones de la empresa, no ponen a disposición de la empresa la subordinación de estos trabajadores, deberán demostrar la legitimidad de sus operaciones en la misma, por supuesto, a través del REPSE.
Para obtener el registro, el contribuyente ya sea persona moral o física, deberá estar al corriente y en cumplimiento total de sus obligaciones ante el SAT, IMSS e Infonavit. Desde luego existen actividades que no requieren obtener el registro, que son todas aquellas que no ponen a disposición su personal en otros establecimientos; sin embargo, quedará a juicio del cliente el solicitar a sus proveedores que cuenten con el REPSE como condición para continuar con la relación comercial y por lo tanto muchos deberán tramitarlo por esta razón.
¿Necesitas apoyo para tramitar tu certificado? ¡Nosotros te ayudamos, contáctanos!
Visita https://youtu.be/i52Vj5ddhg4 para conocer un poco más sobre el tema.